LO QUE DEBES SABER
Concurso de acreedores de sociedades
Si eres Administrador o Director General de una sociedad y observas que su sociedad, empresa, pyme, presenta un gran endeudamiento, embargos de los activos, o no se pueden atender a los pagos corrientes que vayan surgiendo en el devenir de la actividad principal, principalmente con la Tesorería General de la Seguridad Social y Agencia Tributaria, establece la Ley Concursal, que estamos obligado a presentar un Concurso de Acreedores de manera inmediata y voluntaria
Y ello, porque, entre otras muchas consecuencias jurídicas, con su presentación evitamos:
- Responder personalmente de todas esas deudas sociales por la presentación por un acreedor de un concurso necesario que conlleve la culpabilidad del Administrador y su responsabilidad del déficit.
- Responder personalmente de todas las deudas de la sociedad por un concurso que se presente de manera tardía con iguales consecuencias que la anterior.
- Derivación de Responsabilidad solidaria de AEAT y TGSS.
- Perdida de los activos inmuebles de la sociedad de manera inminente por Ejecuciones Hipotecarias.
Para lograr este fin, nuestro equipo se encarga del estudio de la situación económica de la empresa, el endeudamiento, estudio de la documentación a presentar y posibilidades de acuerdos con acreedores, procediendo a determinar si a los intereses del cliente le es más aconsejable presentar el preconcurso, a fin llegar a acuerdo extrajudiciales de pago evitando con ello la presentación de concurso de acreedores o bien acudir directamente a este y hacer una liquidación ordenada de los activos.
El instituto preconcursal, como via previa al concurso, y al objeto de conseguir acuerdos extrajudiciales de pago, tiene una duración de tres meses más uno, en la que nuestro equipo de asesores intentará evitar la presentación del tan temido concurso de acreedores.
La documentación necesaria para su estudio es la siguiente:
- Poder para pleitos especial presentación Concurso
- Balance de sumas y saldo detallado
- Listado Procedimientos Judiciales con Juzgado y numero autos
- Listado Requerimientos AEAT y TGSS
- Listado de Bienes y Derechos. Nota simple de los bienes inmuebles
- Listado de Pasivos, con copia prestamo bancarios, subvenciones ect..
Por su parte, si transcurrido el plazo no se consigue solventar la situación de insolvencia, la sociedad se ve abocada a la presentar el correspondiente Concurso de Acreedores, donde tras una primera fase donde fijaran los activos y pasivos de la empresa, se procederá bien a llegar a un Convenio con los Acreedores con sus correspondientes quitas y espera de las deudas o bien a una liquidación de la misma de una manera ordenada pero evitando con ello que los Administradores respondan personalmente de la misma.
La documentación necesaria para su estudio y presentación es las siguientes:
- Poder para pleitos especial presentación Concurso
- Balance de sumas y saldo detallado
- Listado Procedimientos Judiciales
- Listado Requerimientos AEAT y TGSS
- Listado de Bienes y Derechos. Nota simple de los bienes inmuebles
- Listado de Pasivos, con copia prestamo bancarios, subvenciones ect..
- Listado trabajadores
- Relación Procedimientos judiciales
- Últimas tres cuentas anuales presentadas.
- Copia escrituras operaciones societarias: Constitución, ampliación o reducción capital, cambio domicilio sociales, poderes, nombramiento y cese administradores ect..
- Estados financieros intermedios elaborados con posterioridad a las últimas cuentas anuales presentadas
A dicha documentación se le dará el trato de confidencial y la misma se podrá ver ampliada, tras el estudio de la documentación, se entienda necesaria para aclarar cualquier concepto previo a la presentación del Concurso de Acreedores, manteniendo las correspondientes reuniones que se estimen necesarias para la llevanza del concurso de un manera óptima y satisfactoria para el cliente.
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